El Ayuntamiento de Ledaña ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de este viernes las bases por las que articula el procedimiento de emergencia para la selección del personal laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.
Según señala, circunstancias como las actuales «provocan que, en muchas ocasiones, el personal actualmente a su servicio no sea suficiente para cubrir necesidades vitales y que los procedimientos ordinarios de selección se presenten como inoperativos para la selección del personal».
En este punto, resalta que «cuando no sea posible mediante la reasignación de efectivos o atribución temporal de funciones satisfacer las necesidades públicas por impedimentos provocados por el COVID-19 o surgidas a raíz de él, es imprescindible proceder a la contratación, por cualquiera de las distintas modalidades existentes, del personal laboral por temporal que pueda desempeñar el puesto de trabajo con la continuidad que demanda la situación excepcional que se afronta, respetando en todo caso los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad».
«Es evidente que una situación como esta requiere la contratación por el procedimiento más eficiente y rápido posible, de tal forma que debe realizarse preferentemente entre quienes figuren incluidos como disponibles en las diferentes bolsas de aspirantes, ya sean para la necesidad a cubrir o para otras relacionadas. Además, debe procurarse que, de no existir personal suficiente para cubrir las necesidades existentes a través de las distintas bolsas de aspirantes, los procedimientos se realicen en los plazos de tiempo más breves y garantizando la capacitación necesaria para satisfacer el interés público», sentencia.
En consecuencia, las necesidades de efectivos que sean precisas para la prestación de los servicios esenciales durante la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, que no puedan ser atendidas con los efectivos de personal existentes, se cubrirán con personal laboral temporal, según corresponda, que seleccionará la alcaldesa Clara Plaza, a través del procedimiento de emergencia que se desarrolla en la Resolución.
Eso sí, la contratación temporal de personal laboral «se realizará preferentemente a través de las diferentes bolsas de personas aspirantes a la contratación laboral que se hayan resuelto y se encuentren vigentes». La corporación podrá dirigirse a cualquier persona incluida en la bolsa, sea o no para el servicio a que aspiraron.
Cuando cubrir puestos de esta forma no sea posible, se publicará oferta en el tablón de anuncios y recibirá solicitudes durante 24 horas. Transcurrido el plazo, se elegirá a los más idóneos para desempeñar los puestos convocados.
Los llamamientos de carácter individual serán por vía telefónica, y en el caso de que la persona candidata no responda de forma inmediata a la llamada, se pasará a la persona que figure como siguiente en el orden.
Estas contrataciones permanecerán vigentes mientras persista la circunstancia de emergencia que haya causado su contratación, que deberá estar relacionada con el COVID-19.