Prisión sin fianza para el detenido en el caso de Las Pedroñeras por tres asesinatos y quebrantamiento de condena

Tenía en vigor por sentencia una pena de prohibición de comunicación y aproximación a su expareja tras ser condenado por delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de San Clemente (Cuenca), en funciones de guardia, ha decretado para E.M.B., de 49 años, prisión provisional comunicada y sin fianza. Fuentes del Tribunal Siperior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) han indicado que E.M.B. ha sido puesto a disposición judicial tras ser detenido por su relación con la muerte de su pareja, de 30 años, y de dos menores de edad, hijos de ambos, en la localidad conquense de Las Pedroñeras. Se le imputa de forma provisional como presunto autor de los siguientes delitos: un delito de asesinato y un delito de quebrantamiento de condena respecto de los hechos relacionados con la mujer fallecida; y dos delitos de asesinato por la muerte de los dos menores.

Estas mismas fuentes han precisado que en este presunto caso de violencia de género existían antecedentes por denuncia previa, que fue tramitada a través de Diligencias Urgentes abiertas, en octubre de 2023, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Clemente. Diligencias Urgentes que derivaron, en esa misma fecha, en sentencia de conformidad, y firme, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de San Clemente, competente en materia de violencia de género.

En dicha sentencia se condenó a E.M.B. por delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, a la pena de 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 16 meses, y prohibición de aproximación a la mujer a una distancia menor de 300 metros durante 16 meses y prohibición de comunicación con la misma durante el mismo tiempo. Sentencia cuya ejecución ya se había tramitado y estaba en fase de liquidación de condena, y consecuente cumplimiento de la misma, desde diciembre de 2023.

Por tanto, en la actualidad, E.M.N. tenía en vigor por sentencia una pena de prohibición de comunicación y aproximación con respecto de su expareja. Orden de protección cuya vigencia se extendía hasta febrero de 2025. Será el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de San Clemente, competente en materia de violencia de género, el que instruya el procedimiento judicial abierto por las tres muertes.