Tras la renuncia presentada el pasado 12 de abril por el hasta entonces alcalde de San Clemente, Tomás Martínez, se han oficializado los nombramientos de la Junta de Gobierno Local, así como de sus competencias en el Boletín Oficial de la Provincia del 21 de abril de 2025. En
Según el régimen jurídico y el reglamento vigente se ha procedido a designar a los concejales y concejalas integrantes de la Junta de Gobierno local, resultando como miembros de la mismas Alicia Paños Ortega, María Josefa del Rocío de la Fuente, José Luis Cano Esteso y María Ortega Rubio. Entre las funciones de la Junta de Gobierno Local se encuentran asistir al alcalde en el ejercicio de sus funciones, así como las atribuciones que el alcalde u otro órgano municipal le delegue. En cuanto a la periodicidad de sus reuniones, este órgano celebrará una sesión ordinaria cada dos semanas.
La Alcaldía, que además ostenta la presidencia de dicha Junta de Gobierno Local, ha estimado oportuno delegar en la Junta de Gobierno local diferentes competencias. En materia de obras y urbanismo la Junta de Gobierno Local se ocupará del otorgamiento de licencias urbanísticas de obra mayor, de licencias urbanísticas de parcelación/segregación o de las resoluciones para legalizar las obras o actuaciones clandestinas o ilegales, entre otros. En materia de responsabilidad patrimonial, de impugnación de Resoluciones y sancionadora se ocuparán entre otros asuntos de la resolución definitiva de recursos de reposición que se hayan presentado a las Resoluciones de la Alcaldía y/o de las Concejalías Delegadas, así como frente a los propios Acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local, entre otros asuntos.
En lo referente a personal y empleo público, junto a otras cuestiones deben ocuparse de aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con las previsiones planteadas en la normativa de aplicación y con el Presupuesto y plantilla de personal aprobados por el Pleno de la Corporación. En materia de contratación y adquisiciones de bienes y derechos, la Junta de Gobierno Local se ocupará de resolver íntegramente los expedientes correspondientes a las contrataciones y concesiones de cualquier naturaleza cuando su importe exceda de los 7.000 euros (I.V.A no incluido) y siempre que su competencia corresponda a la Alcaldía, entre otros asuntos.
Respecto a los presupuestos y gestión de gastos y pagos este órgano autorizará y dispondrá gastos y aprobará facturas y certificaciones de obra siempre en el ámbito de atribuciones de la Alcaldía y siguiendo la normativa vigente. En materia de tráfico y vías públicas resolverá los procedimientos para conceder licencias de servicio de taxi o autotaxi y llevará a cabo las restantes actuaciones administrativas vinculadas con el citado servicio, entre otro asuntos. Para la cuestión de la concesión de subvenciones, la Junta de Gobierno Local aprobará los expedientes correspondientes a las subvenciones de la competencia de la Alcaldía por importe superior a los 3.000 euros.
En el BOP también se ha publicado la delegación genérica de atribuciones de Alcaldía en los miembros de la Junta de Gobierno Local. De este modo, Alicia Paños Ortega se ocupará de Hacienda, Promoción Empresarial, Empleo, Comercio y Cementerio Municipal, ostentando la condición de Concejala Delegada de Hacienda, Promoción Empresarial, Empleo, Comercio y Cementerio Municipal. María Josefa del Rocio de la Fuente de la Fuente ostentará las competencias en Asuntos Generales, Recursos Humanos, Educación y Participación Ciudadana, ostentando la condición de Concejal Delegada de Asuntos Generales, Recursos Humanos, Educación y Participación Ciudadana. José Luis Cano Esteso desarrollará las labores en Seguridad Ciudadana, Agricultura, Ganadería y Guardería Rural, ostentando la condición de Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, Agricultura, Ganadería y Guardería Rural. María Ortega Rubio asumirá Cultura, Turismo, Igualdad y Bienestar Social, ostentando la condición de Concejal Delegada Cultura, Turismo, Igualdad y Bienestar Social.
A rasgos generales, los concejales responsables de estas áreas deberán formular propuestas en sus áreas y elaborar informes de las mismas, supervisar impulso directivo en la tramitación de expedientes, fiscalizar y controlar la ejecución de contratos administrativos. Los miembros de la Junta de Gobierno Local deben ocuparse también en sus respectivas áreas de presidir la correspondiente Comisión Informativa, co-fiscalizar los gastos y facturas de manera conjunta con la Concejalía de Hacienda (visto bueno de facturas y gastos), prestar atención a la ciudadanía, asumir la representación de la Corporación Municipal en los supuestos en que le sea encomendada y las relaciones protocolarias e institucionales cuando no sean asumidas por la Alcaldía.