La Asociación de Afectados por la Ampliación de las Figuras Red Natura de la Laguna del Hito ha anunciado su disolución una vez cumplido el objetivo de su fundación: «conseguir la anulación de la ampliación de la figura de protección ambiental, cuya única finalidad era la de paralizar la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de Villar de Cañas».
Pilar Martínez Abogados ha dirigido la defensa de esta asociación logrando, que tanto el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, como el Tribunal Supremo confirmaran la nulidad del decreto aprobado por la Junta de Castilla La Mancha, que ya ha hecho efectivo el pago de las costas a las que fue condenada. Este decreto, que fue declarado ilegal, imponía el aumento de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de 1.000 a 25.000 hectáreas y proponía, además, a la Comisión Europea su declaración como LIC.
La asociación, constituida para defender los intereses y los derechos de vecinos y algunos de los ayuntamientos afectados, «se vio obligada a interponer varios recursos contra este Decreto, que sometía a enormes limitaciones y restricciones a las propiedades y a todo el territorio».
Desde la entidad, celebran la unidad mantenida entre los ayuntamientos de la zona, incluso de distintos partidos políticos, por el bien de sus ciudadanos. “Esta unidad contribuyó a liberarnos de un enorme lastre para el desarrollo de estos municipios, al anular la ampliación de esta figura Red Natura que no se amparaba en razón técnico científica alguna”, concluyen. Por su parte, Pilar Martínez Abogados recuerda que, durante los diferentes procesos judiciales, se ha podido acreditar la falta de rigor y fundamento técnico-científico en la desmesurada e injustificada ampliación de esta figura Red Natura.
«Trabas al desarrollo socioeconómico»
Pilar Martínez Abogados alude, una vez más, a la necesidad de compatibilizar la protección del medio ambiente con el derecho al desarrollo socioeconómico del entorno rural, castigado por la despoblación debido, precisamente, a la falta de actividades, que permitan a sus habitantes subsistir. “Es imprescindible el análisis riguroso de la necesidad real de la declaración de estas figuras de protección, así como de la conveniencia y eficacia de las medidas que se imponen, pues constituyen un serio impedimento para el desarrollo de las zonas a las que afectan», finaliza.