El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey contra la aprobación de la Autorización Ambiental Integrada para una macrogranja de la empresa Hnos. Matas de Huerta SL en Huerta de la Obispalía y en su sentencia anula dicha autorización.
La sentencia, de 11 de septiembre de 2023, considera que «el riesgo para el medio ambiente no ha sido valorado en cuanto al tratamiento de purines, sobre el que debería haberse profundizado y justificado perfectamente».
Además de retirar la aprobación de la instalación de la explotación porcina, esto anula las resoluciones anteriores «por no estar ajustadas a Derecho» y condena a la Consejería de Desarrollo Sostenible y a la empresa promotora a pagar las costas del juicio. Eso sí, no es una sentencia firme, por lo que todavía se podría recurrir al Tribunal Supremo.
El texto pone el foco en el riesgo para los recursos naturales de no evaluar los efectos ambientales de los proyectos de macrogranjas. La sentencia cita la “omisión de trámites esenciales” y que con la autorización aprobada por la Junta “se pone en grave riesgo la calidad de los recursos hídricos de toda la comarca, siendo incompleta la documentación aportada y alterando el juicio de pronóstico sobre los verdaderos y presumibles efectos que sobre el medio ambiente podrían derivarse de la ejecución del proyecto.”
El recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, se basaba en que no se había tenido en cuenta al resto de las explotaciones porcinas que posee la empresa en el municipio vecino de Huerta de la Obispalía. La propuesta original solo analizaba el impacto de esta nueva explotación sin tener en cuenta las otras 5, que suman 22.000 plazas de cebo y 2.500 madres.
La sentencia del TSJ da la razón al Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey confirmando que no se ha hecho un análisis del impacto acumulado de las 5 explotaciones del municipio colindante: “La ausencia de un análisis en la Declaración de Impacto Ambiental de los riesgos acumulados o sinérgicos del proyecto con la totalidad de la actividad ganadera en esa misma zona (…) se debe considerar como una omisión relevante que desnaturaliza el procedimiento de evaluación de impacto ambiental que debe ser el adecuado para preservar de forma integral los intereses ecológicos concurrentes en esa zona.”
Es decir, el informe ambiental no incluía que la contaminación de las aguas de los núcleos que componen el municipio de Torrejoncillo procede de la aplicación indiscriminada de purines.
Además, tal y como recuerdan desde la Asociación Pueblos Vivos, se da la circunstancia que los habitantes de Torrejoncillo del Rey no pueden consumir agua del grifo, ya que supera los niveles permitidos de nitratos. Según las últimas analíticas de junio 2023, se muestra un nivel de 81 miligramos de nitratos por litro de agua cuando el máximo permitido por la ley es de 50 mg/l.
En la demanda del Ayuntamiento también se planteaban los problemas de malos olores, propagación de moscas y los daños sobre las infraestructuras que no habían sido considerados en la evaluación ambiental desarrollada por el promotor. El Ayuntamiento también entendía que la autorización ambiental integrada carecía de las concesiones de agua en las distintas granjas del promotor y que, previa a la construcción de ésta última, se había llevado a cabo un cambio de cultivo con la roturación de terreno de monte con un permiso de resalveo.
Igualmente, las distancias de las granjas con el suelo urbano de Huerta de la Obispalía no se ajuntaban a la normativa actual, incumpliéndose las prescripciones urbanísticas y sanitarias vigentes.
Tercera sentencia condenatoria hacia la Junta
En enero de 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ya condenó a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por otorgar de forma ilegal una Autorización Ambiental Integrada (AII) a otra macrogranja porcina también propiedad de la empresa Hermanos Matas de Huerta S.L.
Sin embargo, la Consejería de Agricultura Agua y Desarrollo Rural comenzó los trámites para una nueva AAI.
Esta es la tercera sentencia condenatoria hacia la evaluación ambiental de la Junta de Castilla-La Mancha en la provincia de Cuenca, ya que, en octubre de 2018, el juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca se pronunció en el mismo sentido por un proyecto de una macrogranja en Cañete.
Además de condenar al Ayuntamiento de esta localidad por irregularidades en la tramitación del proyecto y a la empresa promotora, que incluso comienza las obras sin licencia, puso en entredicho la evaluación ambiental de la Administración Regional, al igual que en la reciente sentencia del TSJ.