Sale a licitación la Escuela de Voleibol tras la rescisión del anterior contrato por impagos a los trabajadores

El presupuesto establecido es de 27.225 euros/año. El plazo de presentación de ofertas está abierto hasta el próximo 3 de septiembre

El Ayuntamiento de Cuenca ha sacado a licitación, a través del IMD, la Escuela Municipal de Voleibol tras la rescisión del contrato con la anterior empresa concesionaria Ilitia Mediterránea, SL. El plazo de presentación de ofertas está abierto hasta el próximo 3 de septiembre para las empresas interesadas. El presupuesto establecido es de 27.225 euros/año (IVA incluido).

La temporada, y por la tanto la actividad, se desarrollará desde el 1 de octubre al 31 de mayo del año siguiente (8 meses). La edad de los alumnos que podrán cursar la actividad será la comprendida entre los 7 y los 16 años (ambos inclusive). Solamente podrán cursar la actividad alumnos con edades diferentes de las indicadas en el caso de que sobrasen plazas, la inclusión de alumnos de otras edades no perjudique el desarrollo de la actividad o implique algún tipo de riesgo y siempre y cuando sea autorizado previamente por los
responsables del IMD. El número de alumnos por grupo sera de 16 alumnos.

La Junta Rectora del Instituto Municipal de Deportes de Cuenca adoptó el pasado 13 de agosto, en sesión extraordinaria, el acuerdo «de resolución del contrato de prestación del servicio de Escuela Deportiva Municipal de Voleibol, lote 5, por incumplimiento culpable del contratista». El acuerdo precisa que el contrato con la empresa Ilia Mediterránea S.L «se formalizó en fecha 26 de diciembre de 2023 y la actividad se inició el día 8 de enero de 2024. Una vez iniciada la ejecución del contrato la empresa adjudicataria no ha abonado los salarios a los trabajadores durante los meses de febrero, marzo y abril del año 2024″.

Asimismo, señala que eesde el Instituto Municipal de Deportes se ha intentado contactar con la empresa en diferentes ocasiones, para aclarar esta situación, sin haberse obtenido respuesta alguna por parte de la empresa. Del mismo modo, desde el día 13 de mayo de 2024, la actividad objeto del contrato ha dejado de desarrollarse. La empresa, por tanto, ha incumplido con dos de sus obligaciones consideradas como esenciales, cuyo incumplimiento son constitutivos de causas de resolución del contrato: Se ha producido un incumplimiento de la obligación principal del contrato, ya que con fecha 13 de mayo ha dejado de prestar el Servicio, lo que supone un abandono del contrato, versus desistimiento. Se ha producido un impago de los salarios por parte de la empresa adjudicataria a los trabajadores».