Preguntas y respuestas sobre la Zona de Bajas Emisiones de Cuenca capital

Todas las claves para la Zona de Bajas Emisiones: zona de aplicación, plazos de implantación, vehículos afectados, señalización, control de acceso,...

El Ayuntamiento de Cuenca ha abierto un periodo de información pública previa para recabar aportaciones y alegaciones al borrador de la Ordenanza Reguladora de las Zonas de Bajas Emisiones/ZBE) por parte de las personas y entidades interesadas o afectadas, así como de las organizaciones o asociaciones representativas que puedan verse afectadas. El texto se encuentra a disposicion de la ciudadanía en el tablón de anuncios de la web municipal.

El plazo para presentar aportaciones es de quince días hábiles desde que se publicara la consulta en la web municipal este lunes y puede hacerse en el Registro General del Ayuntamiento, ubicado en la Plaza Mayor, o en la Oficina Municipal de Recaudación, situada en la Plaza de la Constitución. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética establece, para los municipios de más de 50.000 habitantes, en su artículo 14, la obligatoriedad de implantar una zona de bajas emisiones (ZBE), como medida para la promoción de una movilidad sin emisiones y mejora de la calidad del aire.

El borrador elaborado por el Consistorio conquense contempla un amplio desarrollo de la norma en un texto de 36 páginas en las que se detallan las diferentes circunstancias que rodean esta nueva norma. En principio, debería haberse aplicado antes del final de 2023 pero dados los retrasos existentes en un elevado número de los municipios en los que se debería implantar, el Gobierno central ha aplicado una prórroga y ha advertido que las ciudades sin ZBE no recibirán ayudas para transporte público.

¿Cuándo entrará en vigor?

El borrador señala que la Ordenanza entrará en vigor tras su aprobación definitiva por el Pleno Municipal, una vez se haya publicado su texto completo en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido un plazo de quince días hábiles. «Las normas sobre acceso, circulación y estacionamiento en la ZBE entrarán en vigor el día 1 de enero de 2025, y se implantarán las limitaciones de acceso según el calendario incluido en esta Ordenanza».

¿Qué zona está incluida? ¿Cuál será su área de aplicación?

La zona afectada por este proyecto es la que se señala en la imagen anterior. Zona Urbana del Municipio de Cuenca, comprendida dentro de las calles de Aguirre, Las Torres, Los Tintes, Huécar, Colón, Plaza de la Trinidad, Palafox y Avenida Virgen de la Luz. También son partes limítrofes de la zona el Río Huécar y el Río Júcar. Se estima la superficie afectada en unos 0,17 km2 con una población afectada estimada en unos 7532 habitantes.

¿Qué vehículos tendrán permitida la entrada y cuáles no?

¿Habrá control de acceso? ¿Habrá que estar registrado?

El acceso de vehículos, circulación y estacionamiento en las ZBE se autoriza en la Ordenanza a través del registro municipal de vehículos autorizados en las ZBE. El control de acceso a las ZBE se realizará mediante el sistema automático y con la plataforma tecnológica que designe la autoridad municipal. Con este sistema se comprobará si el vehículo puede acceder o no a la citada zona, sin perjuicio de las facultades que la Policía Local tenga asignadas en materia de vigilancia y disciplina del tráfico. Se han contemplado nueve posibles puntos de control de acceso.

El Ayuntamiento de Cuenca dispondrá y gestionará un registro de aquellos vehículos que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos, quedan autorizados temporalmente a acceder, circular y estacionar en las ZBE. Podrán inscribirse en este registro los vehículos relacionados en el Anexo II de esta Ordenanza.

Las personas titulares de vehículos del apartado anterior que deseen beneficiarse de las autorizaciones temporales de acceso, circulación y estacionamiento, contempladas en esta Ordenanza, deben solicitar la inscripción de los vehículos en el registro municipal de vehículos autorizados en las ZBE

¿Se instalará algún tipo de señalización?

La ZBE estarán señalizadas en los puntos de acceso y finalización de dicho espacio, utilizando la señalización prevista en la normativa sobre tráfico y seguridad vial. La señalización indicará si las ZBE a las que se accede tiene carácter continuo o discontinuo, referida en meses, días y horas. La señalización también debe indicar los vehículos que, en función del distintivo ambiental del que dispongan, tienen prohibido el acceso, circulación y estacionamiento en las ZBE. Asimismo, en la parte inferior de la señal o en un panel complementario colocado debajo de la señal, se podrán indicar los tipos de vehículos exceptuados de esa prohibición si cuentan con la correspondiente autorización municipal registral.

¿Cómo queda regulado el estacionamiento?

El estacionamiento en las ZBE se segmentará en áreas que serán determinadas en documentos de desarrollo de la Ordenanza. Se podrán establecer zonas de estacionamiento para los residentes y zonas de estacionamiento regulado para vehículos. de no residentes autorizados a estacionar dentro de las ZBE, donde se definirá un tiempo máximo de permanencia que podrá ser diferente. El Ayuntamiento, en su regulación tarifaria, podrá modular el precio/hora de estacionamiento en función del distintivo ambiental del vehículo. Asimismo, en las zonas de estacionamiento regulado podrá establecer tarifas diferentes para residentes y no residentes. La autoridad municipal establecerá plazas de aparcamiento para determinados colectivos y para actividades de carga y descarga y modos de transporte prioritarios dentro de las ZBE como ciclos, bicicletas, vehículos de movilidad personal y vehículos eléctricos.

Los aparcamientos que se encuentren fuera de las vías públicas, dentro de inmuebles o subterráneos, podrán realizar actividad de centro de servicios a la movilidad, previa solicitud y autorización municipal, pudiendo dotarse de infraestructura de recarga eléctrica de vehículos. Los aparcamientos subterráneos de titularidad pública podrán disponer de espacios para actuar como plataforma de distribución de mercancías en la última milla, pudiendo dotarse de infraestructura de recarga eléctrica de vehículos.

¿Y la carga y descarga?

Por carga y descarga en las ZBE, se entenderá la acción de trasladar mercancías o suministros desde un establecimiento a un vehículo estacionado o parado, o viceversa. Se podrán establecer las zonas de reservas de estacionamiento para la carga y descarga, que se consideren necesarias para favorecer el reparto de mercancías dónde se permitirá el estacionamiento o parada de vehículos destinados a la
distribución de mercancías. El control de la reserva de espacio para estas labores podrá realizarse con la obtención de un ticket electrónico o utilización de sistemas tecnológicos que permita conocer el tiempo de uso de cada reserva y controlar el cumplimiento de los tiempos máximos de estacionamiento en las zonas limitadas.

¿Qué pasa con los residentes?

Según precisa el borrador, «en las ZBE Cuenca los vehículos de los residentes y determinados usuarios no tendrán ningún tipo de restricción, por lo que existe margen suficiente para que la renovación de vehículos ocurra sin perjudicar a los titulares de vehículos que entran asiduamente en las áreas que conformarán la ZBE. Además, puesto que las ZBE se encuentra en el centro del municipio, donde existe gran cobertura de transporte público y es suficientemente accesible a pie o en bicicleta, muchas personas puedan mantener sus vehículos privados y optar por realizar viajes al interior de las ZBE en modos de transporte sostenibles».

¿Habrá sanciones como en cualquier ordenanza, no?

El borrador no las detalla y se limita a indicar que «las acciones u omisiones contrarias a esta ordenanza tendrán el carácter de
infracciones administrativas y serán sancionadas en los términos previstos en la misma. Las infracciones se clasificarán de acuerdo con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y serán sancionadas con las multas que establece dicha norma». El Club Europeo de Automovilistas señala que si eres captado entrando en una ZBE sin distintivo o con un distintivo no válido o no respetando las diferentes normativas que rigen estas áreas, «serás sancionado con una multa de 200€, 100€ si te acoges al pronto pago».

¿Cuál es el periodo de vigencia de una ZBE?

Las ZBE tendrán una vigencia indefinida. El proyecto técnico de las ZBE será revisado al menos a los tres años de su establecimiento y posteriormente, al menos cada cuatro años, con el objeto de verificar el cumplimiento de sus objetivos y la actualización de los proyectos técnicos.

¿Cómo se puede saber qué etiqueta medioambiental tiene mi coche?

El resto de los vehículos, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio. El distintivo debe ir adherido en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. En el caso de motocicletas, en cualquier sitio visible del vehículo.

¿Instalarán algún tipo de sensores?

Para medir con garantías la caldidad del aire en la futura ZBE se prevé la instalación de cuatro medidores adicionales, al existente en la Plaza de la Hispanidad, en la calle Doctor Fleming, Plaza de España, calle de los Tintes y Calderón de la Barca.

También se contempla ampliar el número de sensores de ruido. Hay tres instalados en Plaza de España, Plaza de la Hispanidad y calle Aguirre. Está previsto instalar cuatro adicionales en Doctor Fleming, Calderón de la Barca, Fary Luis de León y Los Tintes.

¿Habrá más ZBE en un futuro en Cuenca?

El titulo de la ordenanza es explícito: Ordenanza Municipal de Creación y Gestión de las Zonas de Bajas Emisiones en el municipio de Cuenca». En el texto son constantes las referencias a «las ZBE» , en plural, aunque en un principio está previsto la implantación de la denominada «Zona Centro» que es para la que se ha establecido un perímetro concreto.