La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca ha acordado imponer al contratista FCC Medio Ambiente SAU una sanción de 261.601 euros por incumplir una parte del contrato para la prestación de los servicios públicos municipales de recogida y transporte de residuos urbanos, limpieza viaria, limpieza de parques y jardines y gestión del punto limpio.
De forma concreta, y según ha publicado el Consistorio en su página web, la empresa debe abonar a las arcas municipales 39.000 euros por penalidades versus sanciones y 222.601,03 euros por compensación económica “por incumplir el funcionamiento operativo de la plataforma tecnológica, que impide visualizar si se está ejecutando correctamente el contrato en determinados aspectos fundamentales y que, por tanto, al no cumplirse, falsean la oferta del contrato y se obtiene un menoscabo en el servicio y un aumento de los beneficios de la empresa”.
El acuerdo, que está firmado por la primera teniente de Alcalde y concejala de Seguridad Ciudadana, Personal y Empleo, Régimen Interno y Coordinación Institucional, Saray Portillo, se advierte a la compañía de que “si persiste en los incumplimientos se procederá a iniciar el expediente de resolución del contrato y de otra parte, el de la inhabilitación para contratar, al menos con el Ayuntamiento de Cuenca”. En el expediente se indica que consta informe de la Secretaría General y del Jefe del Servicio de Medio Ambiente.
La Junta Local de Gobierno inició el procedimiento en agosto del año pasado, notificando a la empresa, que presentó una alegación en la que aseveraba que no había incumplido ninguna de sus obligaciones contractuales indicando que la Plataforma Integral de Gestión fue instalada en los términos exigidos en los pliegos, adjuntando un certificado emitido por la empresa encargada de realizar la implementación.
En el listado de anomalías detectadas, el expediente cita hasta catorce omisiones, entre las que incluye una app de incidencias, otra de inventario, un plan de calidad, accesibilidad vía web, imposibilidad de obtener la totalidad de los datos brutos, comunicación bidireccional empresa-Ayuntamiento, canales de gestión, canal de comunicación de incidencias ciudadanas, asignación y seguimiento de trabajos disponibles para los técnicos municipales, generación de informes de calidad, un módulo de gestión de incidencias, gestión de datos, quejas, incidencias y reclamaciones de los ciudadanos, envío/recepción de órdenes con terminales de mano y flexibilidad de configuración. También ve funcionamiento anómalo o incompleto en otros diez puntos.
La alegación fue por estos motivos rechazada en el informe de Secretaría porque “sin poner en duda la existencia de algunos elementos integrantes o necesarios para el funcionamiento de la plataforma, son tantas las ausencias y deficiencias que la plataforma no funciona y no se ajusta a lo que contempla el pliego de prescripciones técnicas sobre el control y monitorización de los servicios; así como la oferta económica contempla la valoración de la plataforma tecnológica”.
Desglose de la sanción y compensación
Por la naturaleza del incumplimiento y la cuantía, al encontrarse entre el 1% y el 2%, se considera falta grave, proponiéndose una sanción económica de 3.000 euros por el primer año, y por reiteración durante los tres años siguientes, falta muy grave de 12.000 euros cada año, es decir, 39.000 en total.
Respecto a los 222.601,03 euros restantes son en concepto de compensación porque “la plataforma tecnológica, tal como se refleja en los informes y ha puesto de manifiesto la fiscalización realizada por el Tribunal de Cuentas, no funciona a día de hoy”. Puesto que han transcurrido desde el inicio del contrato cinco años y debía estar plenamente en funcionamiento desde el inicio del segundo año de la concesión, se propone como compensación 53.840 euros el primer año, 54.380 euros el segundo, 55.837 el tercero y 58.542 el cuarto.
La Secretaría General del Ayuntamiento entiende “que después de los dos informes y de los incumplimientos del anterior contrato que no fueron sancionados por inactividad de la administración contratante, por parte de la Concejalía de Medio Ambiente se den instrucciones a la Secretaría General y a la Jefatura de Sección de Contratación para la puesta en marcha del inicio de resolución del contrato y de otra del procedimiento de inhabilitación para contratar no solo con este Ayuntamiento sino con el resto del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla La- Mancha”.
Este acuerdo de la Junta de Gobierno Local puede ser recurrido mediante el correspondiente recurso de reposición o en su caso ante la jurisdicción contencioso administrativa.