La Audiencia Provincial de Cuenca acogerá la próxima semana el juicio contra el acusado de acabar con la vida de su madre quemándola viva tras haberla golpeado antes y aprovechando que estaba inconsciente. La Fiscalía ha solicitado en sus calificaciones provisionales una peña de 25 años de prisión. La vista oral está prevista para los próximos días 7, 8 y 9 con jurado popular cuya elección se llevará a cabo el martes, día 7. El acusado F.J.M.A. convivía con su padre S.M.O. y su madre M.A.D. en la vivienda familiar ubicada en la localidad de Garcinarro, perteneciente al Valle de Altomira.
Según refleja el ministerio fiscal en sus conclusiones provisionales, «el acusado solía pedir a su madre que le diese dinero para sus gastos, dado que él no trabajaba ni cobraba pensión o prestación alguna, viviendo únicamente de la pensión que cobraba su padre, siendo que el dinero que ingresaba su padre por el cobro de dicha pensión era guardado por la Sra. M.A.D. Entre las 09:00 horas y las 14:00 horas del 8 de marzo del 2019, en la vivienda familiar ya referida, una vez que S.M.O. se hubo marchado de la casa, quedándose solos en la misma el acusado y su madre, éste discutió con la Sra. M.A.D. Tal discusión tuvo por objeto temas económicos».
El ministerio público precisa que «en ese momento, el acusado, con manifiesta intención de acabar con la vida de su madre, actuó de manera repentina e inesperada para ésta e igualmente aprovechó las circunstancias de que ambos se encontraban solos en la referida
vivienda, así como las derivadas la diferencia de edad y corpulencia entre él y su madre. Todo lo cual provocó que la Sra. M.A.D. no tuviera capacidad de reacción y defensa efectiva alguna ante la agresión de su hijo. Así las cosas, el acusado acometió físicamente de manera violenta a su madre de tal manera que la dejó en estado de inconsciencia. Acto seguido, para asegurarse de acabar con la vida de su madre, mientras que ésta aún seguía viva y aprovechando el estado de inconsciencia en el que la había dejado, lo cual anulaba completamente su capacidad de defensa, prendió fuego a su cuerpo. Como resultado de tales actos M.A.D. falleció a consecuencia, según informe forense, de un fallo multiorgánico causado por las quemaduras de segundo y tercer grado con una extensión del 95% de la superficie corporal total quemada».
La fiscalía señala que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato previsto y penado en el art. 139. 1, 1ª. III con el agravante de parentesco del art. 23 C.P. por lo que «procede imponer al acusado la pena de 25 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como una medida de 10 años de libertad vigilada para su cumplimiento posterior al de la pena privativa de libertad
impuesta» así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con S.M.O., así como aproximarse al mismo, a su domicilio o a cualquier otro frecuentado por el mismo a una distancia.