La Sección 1 de la Audiencia Provincial ha absuelto a una pareja, un hombre y una mujer, acusados de obligar a una joven a prostituirse en un bar de la localidad de Landete. La sentencia considera que no ha resultado acreditado que la víctima trabajase en el bar regentado por los acusados, ni que la obligasen a ejercer la prostitución.
El auto judicial señala que la prueba sobre la que la que se sustentaba la acusación venía representada, fundamentalmente, por la declaración de la presunta víctima como testigo protegida y que tanto los testimonios aportados en la vista oral por parte de los testigos como por miembros de las fuerzas de seguridad «impiden tener por aportados elementos de corroboración consistentes y sólidos que contribuyan a robustecer la declaración incriminatoria de la denunciante».
Por tanto, la sala señala que «si bien la prueba de cargo viene representada por la declaración incriminatoria de la denunciante, que se ha mantenido firme y constante a lo largo del proceso, sin embargo la prueba practicada en el plenario tiene un inequívoco designio exculpatorio para con los acusados, de ahí que nos surjan dudas, que consideramos razonables, sobre si los hechos acontecieron en la forma descrita por las Acusaciones y estas dudas deben ser despejadas en su beneficio en aplicación del principio “in dubio pro reo”, procediendo el dictado de una sentencia libremente absolutoria para con ambos acusados».
La Fiscalía Provincial de Cuenca había solicitado en sus calificaciones provisionales una pena de nueve años de prisión para cada uno de los integrantes de un matrimonio como autores responsable de un delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y de un delito de prostitución coactiva.
La víctima manifestó que en agosto de 2018 vino a España, al municipio de Landete para trabajar supuestamente de
camarera, a los pocos días de estar trabajando de camarera los dueños del bar le manifestaron que tenía que prostituirse con aquellos clientes que quisieran y mantuvo relaciones sexuales con unos 20, principalmente en coches. Aseguró que accedió a prostituirse porque los acusados eran conocedores de que no tenía documentación que le habilitara a permanecer en España le manifestaron que lo iban a comunicar a los autoridades policiales para que le expulsaran.
Tres testigos que estuvieron empleadas en el local aseguraron en la vista oral que no trabajó en el establecimiento ni que allí se practicase la prostitución mientras que un guardia civil concluyó tras realizar su labor policial que no existían indicios de que en el bar o en los alrededores se ejerciese la prostitución.