La Audiencia Provincial de Cuenca celebra este miércoles un juicio contra un trabajador de una empresa de reparto de mercancías por un delito contra la libertad sexual tras presuntamente haber acosado a una empleada del hogar mientras realizaba la jornada en la capital.
El dictamen del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº3 Cuenca sostiene que los hechos ocurrieron el pasado 27 de enero de 2021 cuando el empleado, en el desarrollo de su actividad profesional, acudió al domicilio donde trabajaba la empleada del hogar, lugar al que había acudido en varias ocasiones para entregar otros paquetes. El acusado, dice el dictamen, se demoró intencionadamente en la
gestión de entrega y aprovechando que se encontraba sola en el domicilio, se dirigió a ella «como si un mero objeto sexual se tratara y con un ánimo manifiestamente libidinoso, tras decirle que estaba muy guapa, proponerle mantener relaciones sexuales», en concreto utilizando la expresión “vamos a echar un polvo”, sin que desistiera su actitud ante la manifiesta negativa de ella, «tremendamente humillada y asustada por la situación en la que se encontraba», que llegó incluso el acusado a franquear la puerta del domicilio para, de nuevo, insistir diciendo “uno rápido”, viéndose obligada la perjudicada a propinarle un empujón para lograr echarlo del domicilio y cerrar a continuación la puerta.
La víctima presentó ese mismo día una denuncia ante la comisaría de Policía. Sin embargo, esos hechos desencadenaron en una serie de consecuencias psicológicas para la empleada del hogar, «llegado incluso a la pérdida de su trabajo ante la imposibilidad de acudir al mismo entorno en el que sucedieron los hechos».
La Fiscalía provincial considera estos hechos constitutivos de un delito contra la libertad sexual y contra la integridad moral. Por el primero, piden para el acusado una pena de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta para la obtención de empleo o cargo público, así como inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad retribuida o no que conlleve contacto con personas menores de edad por un tiempo de siete años. Asimismo, piden una libertad vigilada durante siete años, la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la víctima, domicilio, lugar de trabajo o cualesquiera otro lugar donde se encontrara, así como la prohibición de comunicación tanto directa como indirecta con ella por tiempo de cinco años.
Por el segundo delito, el ministerio público solicita la pena de un año y tres meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena. El dictamen señala que el acusado deberá además indemnizar a la víctima con en 10.800
euros en concepto de resarcimiento por lesiones psíquicas sufridas y 19.000 euros por secuelas.