El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (Miteco) ha advertido a los Ayuntamiento que no implanten las ZBE en 2025 que no podrán recibir ayudas para transporte público. La administración central reacciona de esta manera ante las corporaciones locales que no han puesto en marcha estas ZBE en el plazo inicialmete establecido de 2023.
Este es el caso del Ayuntamiento de Cuenca que, como ciudad con más de 50.000 habitantes, debería haber puesto en funcionamiento esta normativa antes de finales de 2023. En su situación se encuentran un centenar de ciudades en el territorio nacional. El concejal de Urbanismo, Mantenimiento Urbano y Movilidad, Adrián Martínez, señalaba el pasado 26 de junio durante el último pleno ordinario que «seguirá trabajando» para que la zona de bajas emisiones esté el 31 de diciembre de 2024.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha respondido a Voces de Cuenca, tras la consulta realizada de forma expresa sobre este asunto, que el Miteco «ha iniciado los trámites para poder requerir, a partir de 2025, la implantación de una Zona de Bajas Emisiones en el caso de querer acceder a las ayudas destinadas al transporte público. Esta obligación aplicará tanto a los municipios que concurren a la ayuda del Estado en convocatoria competitiva como a las Autoridades de Transporte que lo hacen mediante subvención nominativa. Esta medida se enmarca en la apuesta del Ministerio por impulsar un modelo de movilidad más sostenible en las ciudades, y en coherencia con la enorme aportación que el Gobierno de España está haciendo en materia de transporte público urbano y metropolitano».
El Ministerio precisa que «actualmente, no existe un régimen sancionador para el incumplimiento de plazo en la implantación de las ZBE. No obstante, desde el Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible, se está trabajando de forma coordinada con el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico en la definición de una ZBE implantada y en funcionamiento».
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética establece la obligatoriedad para los municipios de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes, de adoptar planes de movilidad urbana sostenible que incluyan el establecimiento de Zonas de Bajas Emisiones, como una medida para mitigar las emisiones derivadas de la movilidad. La citada Ley, establece en su artículo 14.a, la obligatoriedad de establecerlas antes de 2023.