El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Cuenca ha propuesto una serie de modificaciones en algunas ordenanzas fiscales que «suponen una bajada de impuestos y tasas para determinados colectivos e inmuebles». Así lo ha explicado el concejal de Hacienda, Promoción Empresarial y Empleo, y Patrimonio, Juan Manuel Martínez Melero, quien indica que ya se han aprobado en Junta de Gobierno Local y en la correspondiente Comisión de Hacienda, y que el siguiente paso será su debate y votación en el Pleno del jueves, aspecto en el que ha mostrado su confianza en que salga adelante.
Martínez Melero resalta que “esta modificación permitirá la bajada de algunos impuestos, por ejemplo el IBI, para determinados colectivos e inmuebles”. Concretamente, en este Impuesto de Bienes Inmuebles se incluye una bonificación por fomento del empleo para nuevas empresas que se instalen en la ciudad y que impliquen la creación de nuevos puestos de trabajo. Así, se puede bonificar hasta el 50% en función del número de trabajadores contratados para los espacios de uso industrial, comercial u oficinas en los que se instale la nueva empresa.
Esta nueva bonificación es similar a la que se introdujo en la ordenanza del ICIO, en la que en 2020 también se bonificaron las cuotas referidas a mejorar el empleo y ampliando al máximo que permite la ley, el 95%, para empresas que creen más de 100 puestos de trabajo a jornada completa y por una duración mínima de dos años.
Retomando las bonificaciones al IBI que propone el equipo de Gobierno, se mejora la bonificación a familias numerosas eliminando el tope máximo que había para tener derecho a ella y se establecen niveles de renta progresivos, en función de los cuales se estipula el porcentaje de bonificación al que tendrían derecho, que oscilará entre el 50-70% máximo al 10-20% mínimo, dependiendo del tipo de familia numerosa.
Se da por otro lado una nueva redacción a la bonificación por aprovechamiento de energía solar “para darle mayor claridad y seguridad jurídica”, enfatiza el concejal del ramo, “de modo que se puedan beneficiar realmente las viviendas con estas instalaciones pues, hasta ahora, por redacción confusa o por cuestiones técnicas no se hacía efectiva”. Se especifica también que el porcentaje máximo de bonificación será del 50% y se fija en tres años, los siguientes al de la instalación, el tiempo de duración de la bonificación.
Otras modificaciones
Por otro lado, se da una nueva redacción a la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica (IVTM), cambiando algunos artículos y expresiones como “minusvalía”, sustituyéndola por “personas con discapacidad”. Se aclara además que la exención de este impuesto se hará efectiva desde el siguiente periodo al que se presenta la solicitud de baja.
Habrá cambios también en la ordenanza de la tasa por la retirada de vehículos de la vía pública o de terrenos de uso público o de terrenos de uso público por medio de grúa o por el depósito de los mismos para el caso en que las características especiales de un vehículo hagan imposible que el servicio sea realizado por la grúa municipal. Y se introduce una nueva cuota, de 180 euros, en concepto de depósito para aquellos vehículos de más de 3.500 kg en función del espacio real que ocupan.
La tasa por la ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública se modifica con el objeto de “eliminar la incoherencia existente” en la cuota que se fija en ella y la de la ORA para la ocupación de plaza y día, igualándolas, para lo que se incrementa en once céntimos hasta los 3,52 euros; e introduce un nuevo apartado para dar cabida a supuestos actualmente no regulados, como aplicar el espacio equivalente a dos plazas de aparcamiento -camiones de mudanza, descarga de gasoil o gas…-.
Para terminar, se cambia la ordenanza reguladora de la tasa por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y rodaje cinematográfico. El objetivo es resolver situaciones que se han ido generando a lo largo de los años, fundamentalmente respecto a la instalación de circos o similares, proponiéndose limitar el importe máximo a pagar con independencia de la superficie ocupada, estableciendo así una regulación similar a la que se refleja en las ordenanzas de otros municipios. Con esta modificación se cobrará en función de la ocupación de las instalaciones, hasta 400 metros cuadrados un precio de 162 euros al día durante todo el año excepto en ferias y dos días antes, que será de 249 euros; mientras que las de más de 400 metros cuadrados pagarán 216 euros y 332 euros, respectivamente.
El edil Juan Manuel Martínez ha apuntado que no se propone finalmente la modificación de la ordenanza del impuesto de Plusvalías, “a pesar de la primera intención de hacerlo y para dar cumplimiento a la moción aprobada en Pleno”, debido a que lo impide el Plan de Ajuste, tal y como indican los informes de Tesorería e Intervención municipales.