El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha, Sección 2ª Sala de lo Contencioso Administrativo ha dictado sentencia mediante la cual se condena al Servicio de Castilla La-Mancha de Salud junto con la compañía de seguros Mapfre a indemnizar en 250.000 euros, más intereses legales desde la fecha de la reclamación en vía administrativa (marzo de 2018) a Doña P.M.A. y a Don J.C.P. «por la deficiente asistencia sanitaria prestada en el Hospital Virgen de la Luz al haber realizado un diagnóstico erróneo de la fibrosis quística que padecía su hijo mayor».
Según señala la asociación «El Defensor del Paciente», el matrimonio acudió al Hospital dependiente del Sescam en octubre de 2013 cuando su hijo mayor tenía tan solo 18 meses y presentaba síntomas sugerentes de fibrosis quística. «En el centro hospitalario se le llegaron a efectuar hasta 2 test del sudor en diferentes ocasiones arrojando siempre un resultado negativo. Durante los siguientes 4 años, a pesar de que la sintomatología era florida y los padecimientos del menor eran graves, no se diagnosticó al menor la ‘Fibrosis Quística’ que padecía privándole del oportuno tratamiento. Tuvieron que esperar hasta el año 2017 cuando se diagnosticó y confirmó la enfermedad por medio de un test genético. En ese momento fueron derivados a la Unidad de Fibrosis Quística del Hospital del Niño Jesús donde se le realizó nuevamente un simple test de sudor, correctamente realizado, obteniendo un resultado positivo».
Estas mismas fuentes destacan que como consecuencia «de tal error diagnóstico y durante ese periodo de tiempo la pareja tuvo otros dos hijos, siendo que la hija menor también nació con fibrosis quística. Enfermedad que perfectamente había podido ser evitada por medio de selección genética o bien los progenitores podían haber tomado la decisión de no concebir a más hijos».
Fallo achacable al mal funcionamiento de un aparato por un mantenimiento deficiente
La asociación pone de relieve que «no solo no se trató correctamente a su hijo mayor desde su inicio, sino que la falta de diagnóstico permitió que naciese otra de sus hijos afectada por la enfermedad, algo que ha truncado las expectativas vitales que tenían cuando, cargados de felicidad, decidieron iniciar una familia. El Tribunal reconoce en la sentencia que el error en el diagnóstico es achacable al mal funcionamiento del aparato por no haber sido mantenido correctamente. Competencia que es propia del Hospital».
Carmen Flores, presidenta de la asociación ‘El Defensor del Paciente’, considera que “es inasumible la falta de mantenimiento del aparataje médico sencillo y/o formación de las personas que tienen que analizar los datos ya que, en el presente caso con unas simples medidas bien efectuadas y analizadas correctamente, se hubieran evitado los grandes daños causados a una familia y a unos niños que no tendrán la vida plena que se merecen. El test del sudor tiene una especificidad del 100 %”.
La defensa del caso ha sido tramitada por Carmen y D. Francisco Javier Fernández-Bravo García abogados especialistas en Derecho sanitario y adscritos a los servicios jurídicos de la asociación ‘El Defensor del Paciente’.