Las personas trans e intergénero con relación con la UCLM, ya sean estudiantes, trabajadores o docentes, podrán cambiar los registros de la Universidad para que conste el nombre con el que se identifican.
Este cambio será posible siempre y cuando se haya obtenido la modificación de sexo y nombre propio en el Registro Civil y que posean un DNI donde conste el nuevo nombre. Una vez se cumplan estos requisitos, todos los archivos de la UCLM donde sea legalmente procedente incluirán este nuevo nombre.
Así se ha publicado el miércoles 22 de noviembre en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Este cambio, expone, se hace «con el fin de procurar un entorno en el que la dignidad de la persona sea respetada como principio fundamental y se garantice el derecho a la autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género distinta a la asignada al nacer y la no discriminación en el ámbito universitario».
Esta modificación en el Protocolo universitario se hace conforme a lo establecido en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, más conocida como la ‘Ley Trans’, en la que se cambiaban los criterios para modificar el sexo y el nombre propio en el Registro Civil.
El texto también argumenta que, según el Protocolo para prevenir, detectar y actuar ante el acoso en la Universidad de Castilla-La Mancha «existe la necesidad de que también en el ámbito universitario se asegure el derecho a utilizar libremente el nombre elegido a solicitud de la persona interesada y se establezcan las condiciones para que sea tratada y llamada de acuerdo con el nombre con el que se identifica».