J.J. Domínguez / Vocesdecuenca.es
A la vista de la evolución epidemiológica, el Consejo Interterritorial de Salud acordó este miércoles que las comunidades autónomas puedan aplicar medidas y criterios más restrictivos que los previstos en estas Navidades. En concreto, podrán modificar cuestiones como el levantamiento parcial de los cierres perimetrales, la ampliación del límite de personas que se pueden juntar para las reuniones familiares, el retraso del inicio del toque de queda y los aforos de hostelería y eventos.
Este órgano -que aglutina al Ministerio de Sanidad y a los ejecutivos regionales- abría así la puerta a una marcha atrás, a unas fiestas navideñas con más limitaciones de movimiento que las anunciadas. El martes, antes de que se acordara esa resolución, el consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández, concretó en datos qué situación sanitaria debería existir para revertir las medidas aprobadas ya por decreto y que, si no hay cambios, entrarán en vigor el 23 de diciembre.
«La incidencia acumulada a catorce días en casos por cada 100.000 habitantes debería superar los 250 en un 30-40% de los municipios de la región», explicó el consejero. Añadió que además la ocupación por pacientes de COVID de los puestos de las unidades de cuidados intensivos (UCI) tendría que superar el 35% del total, un 28% en el caso de las camas hospitalarias convencionales.
Fernández señaló que a finales de la semana pasada alrededor de 9 de cada 10 municipios presentaban tasas inferiores a esos números. Actualmente, según los datos difundidos este miércoles por el Ministerio de Sanidad, en Castilla-La Mancha el grado de ocupación de las UCI es del 19,26% mientras que en planta se sitúa en el 11,41%, ambos por debajo de los umbrales marcados.
El RT, el número básico de reproducción instantáneo, se mantiene por debajo de 1, en el 0,89. Refleja la cantidad promedio de infecciones que provoca cada contagiado.
Fuentes de la Consejería de Sanidad consultadas este jueves insisten en lo apuntado por el consejero, que no se descarta endurecer las medidas en función de la progresión de los datos diarios de la pandemia. Apuntan que se analizará la evolución en las próximas jornadas para tenerla en cuenta en la toma de decisiones.
Medidas
El decreto aprobado por el Gobierno de Castilla-La Mancha, publicado este miércoles ya en el Diario Oficial, levanta parcialmente el cierre perimetral de la comunidad entre el 23 de diciembre y el 6 de enero. Durante ese rango de fechas se podrá salir del territorio autonómico o entrar en él para visitar a familiares o allegados, sin necesidad de portar ningún documento justificativo como una declaración responsable.
Además, durante los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero el límite para las reuniones familiares y amistosas se extiende a diez personas, niños incluidos. Una medida que no regirá en los bares, donde no se permitirán encuentros de más de seis individuos. Además, durante Nochebuena y Nochevieja el toque de queda irá de las 1:30 horas a las 6:00, comenzando así una hora y media más tarde que en el resto de jornada.
Vacunación
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, informó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) del sistema de información a través del cual todas las autoridades sanitarias autonómicas deberán facilitar la información referente a la vacunación frente a la COVID-19.
De esta forma, en la Resolución de la Dirección General de Salud Pública, emitida hoy, se establece que las CCAA deberán remitir diariamente al Ministerio los datos de la vacunación llevada a cabo en todos los puntos de cada territorio, en línea con la obligación de información establecida en el artículo 23 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en el artículo 65 bis de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS.
En la Resolución se incluye la ficha con los datos que se deberán rellenar por cada una de las personas vacunadas como son la fecha de nacimiento y el lugar de residencia, el tipo de vacuna, fabricante y lote así como el motivo de vacunación.
El procesamiento estadístico de estos datos y su representación geográfica se considera un elemento de gran utilidad en el seguimiento de la pandemia y en la toma de decisiones para su afrontamiento por las administraciones sanitarias. Además, el tratamiento de los mismos permitirá a emisión de certificados a solicitud del interesado, garantizándose siempre las medidas de seguridad en materia de protección de datos.
Otro de los temas tratados hoy en el Consejo Interterritorial es el de las pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografia, los test de autodiagnóstico. Dicho órgano ha acordado recomendar a los/las profesionales de los servicios de salud (médicos y odontólogos) la no prescripción de las mismas y llevar a cabo cuantas acciones de comunicación y concienciación resulten precisas para informar claramente a la ciudadanía de la naturaleza y las limitaciones de las citadas pruebas y de los riesgos para la salud de una incorrecta interpretación de sus resultados.
La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta dependiente de la Comisión de Salud Pública adoptó ayer por unanimidad un posicionamiento común ante su comercialización para el autodiagnóstico de infección por SARS-CoV-2 (COVID-19). Entre otras conclusiones, la citada Ponencia estableció que dichas pruebas no están indicadas para diagnosticar y por tanto no deben ser utilizadas con este fin ni en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos.
En particular, la Ponencia señala que éstas tienen, además, un rendimiento menor que las técnicas que se realizan en los laboratorios con sangre obtenida por venopunción. En consecuencia, la Ponencia acordó que en la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 no se incluyeran como prueba válida para el diagnóstico de esta infección, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas.