El Gobierno aprobará este martes en Consejo de Ministros un Real Decreto con las normas que se deberán seguir una vez termine el estado de alarma para evitar rebrotes por el coronavirus, según ha informado Europa Press.
Esta nueva orden obligará a usar mascarillas a las personas de seis años en adelante siempre que no se pueda garantizar el mantenimiento de distancia de seguridad. El uso obligatorio de mascarillas, que se aplicará también en transporte público, no se aplicará a aquellas personas con problemas respiratorios.
Así lo ha anunciado este domingo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su comparecencia en la rueda de prensa posterior a la reunión con los presidentes autonómicos. «Una vez superada la fase aguda se requieren otras medidas, que se están trabajando ya en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y que regirán mientras se mantengan la emergencia sanitaria»,
El documento que el Ejecutivo aprobará el martes recogerá también medidas organizativas de prevención e higiene para establecimientos de trabajo, centros docentes, centros sanitarios, comercios, medios de transporte público o instalaciones deportivas, entre otros, «para evitar la coincidencia masivas de personas».
La nueva orden incluirá también medidas sobre medicamentos y productos sanitarios, que, según ha asegurado Sánchez, garantizarán el abastecimiento de medicamentos esenciales. Además, está previsto que la Agencia Española de Medicamentos pueda otorgar «licencias excepcionales» para la fabricación de mascarillas y otros equipos de protección.
Asimismo, Sánchez ha destacado que el documento establecerá la obligación a las autoridades de salud pública competentes de facilitar «todos los datos necesarios» para el seguimiento de los casos de Covid-19 y «conocer de manera inmediata los casos y los rebrotes».
«A todo caso sospechoso se le realizará una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica tan pronto como sea posible», ha subrayado el presidente del Ejecutivo, destacando que las comunidades autónomas «deberán garantizar la capacidad de responder ante posibles rebrotes a través de la elaboración de planes de contingencia ante el virus».
En este sentido, el presidente del Gobierno ha añadido que las comunidades autónomas «deberán garantizar un mínimo de asistencia en Atención Primaria y hospitalaria».
Obligación de cesión de datos
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, también ha señalado este domingo que uno de los puntos del Real Decreto que regulará la situación durante la emergencia sanitaria una vez se levante el estado de alarma por la pandemia de covid-19 obligará a los ciudadanos a facilitar a la autoridad de salud pública competente los datos necesarios para el seguimiento y vigilancia epidemiológica de los casos.
Esta medida ha sido adelantada por Sánchez a los responsables autonómicos durante la decimotercera conferencia de presidentes celebrada este domingo y, según ha explicado posteriormente en rueda de prensa, está basada junto con el resto de las que se incluirán en la nueva normativa en recomendaciones de los expertos sanitarios. «Hasta que no haya vacuna o remedio vamos a tener que vivir en una suerte de normalidad vigilada con mayores medidas de protección para tener el virus a raya», ha señalado Sánchez.
Según el presidente del Gobierno la amenaza de una segunda ola de contagios «no es un invento», sino un riesgo evidenciado en pandemias ya superadas en otros tiempos, y debe ser evitada «a toda costa». A conjurar esta amenaza se dirige el Real Decreto que aprobará el Consejo de Ministros el próximo martes, en el que se concretarán las normas que regirán «mientras se mantenga la emergencia sanitaria», ha subrayado.
En un primer capítulo, que contiene medidas de prevención e higiene pública, se incluirá la obligación de llevar mascarilla desde los seis años en adelante y siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad, una obligación de la que estarán excluidas las personas que no puedan portarla por cuestiones de salud al igual que ocurre actualmente.
También se incluirán en este capítulo las medidas organizativas y de prevención que deberán cumplir centros de trabajo, centros sanitarios, colegios, comercios y locales de restauración, equipamientos culturales e instalaciones deportivas. Igualmente se prevén medidas para adecuar la oferta de transporte público a la actual situación.