La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha manifestado que «se están produciendo casos en los que no se reconoce a los trabajadores del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) ni al personal sociosanitario de la Junta de Comunidades el COVID-19 como accidente laboral, lo que contraviene la normativa vigente».
CSIF señala que, tras el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, se califica el COVID-19 como accidente laboral y, sin embargo, «los organismos competentes están catalogando los partes de baja como enfermedad común con el código V0179 (aislamiento por contagio de virus), lo que es consecuencia de la falta de desarrollo y aplicación del Real Decreto en nuestra comunidad».
Tras consultar con la administración, apuntan que «ésta señala que para llevar a cabo este reconocimiento es necesario elevar a definitivo dos borradores donde se establece cómo han de proceder y coordinarse los servicios de Prevención de Riesgos Laborales, mutuas, Inspección Médica y el resto de profesionales que cursan las bajas de Atención Primaria para aplicar dicha normativa». CSIF Castilla-La Mancha ha pedido celeridad porque «la diferencia es importante, ya que el reconocimiento de accidente laboral supone percibir una mayor prestación económica durante el periodo de baja y un mayor nivel de protección ante secuelas o recaídas».
CSIF entiende que los trabajadores de ámbito sanitario y sociosanitario, tras haber padecido la crisis sanitaria con toda su dureza, con más de 3.000 trabajadores afectados en la región e incluso sin medios de protección suficientes o adecuados, «no se merecen esta merma de sus derechos. El sindicato lleva reclamando desde el primer momento de la crisis sanitaria la catalogación como accidente laboral, además de la enfermedad profesional».
Reconocimiento con carácter retroactivo
Además, CSIF añade que este reconocimiento se debe hacer con carácter retroactivo desde el inicio de la crisis sanitaria y teniendo en cuenta que el Ministerio de Sanidad sólo considera el accidente de trabajo hasta el 21 de julio, y además únicamente para sanitarios y sociosanitarios. «Los estudios clínicos, que se están realizando hasta la fecha, advierten de las diversas secuelas a corto y largo plazo y, además, el virus SARS-CoV-2 no puede estar ligado al periodo del estado de alarma, ya que tras su finalización seguiremos expuestos al contagio, sin tratamiento eficaz y sin tener controlada su propagación», señalan.
El sindicato promueve a nivel nacional que se amplíen los criterios y se reconozca el accidente de trabajo a todos los efectos y de manera indefinida para todos los colectivos, también para otras profesiones que han estado en primera línea durante el confinamiento. Además, «debe considerarse el contagio como enfermedad profesional para sanitarios y sociosanitarios, lo que permitiría valorar las secuelas más allá de la edad de jubilación, lo que no sucede en el resto de las contingencias».
Ante esta situación, el sindicato está tramitando a todos sus afiliados la solicitud de recargo en las prestaciones económicas derivadas del Covid-19, pero insiste en que «debe ser la Administración regional la que debe dictaminar las instrucciones precisas para el cumplimiento del Real Decreto-ley 19/2020, que precisamente fue convalidado el pasado jueves y se acordó su tramitación como proyecto de ley por el trámite de urgencia».