Castilla-La Mancha relaja más las restricciones: reabre bufés y amplía aforo en toros y deporte

El nuevo decreto de la Consejería de Sanidad entra en vigor desde este miércoles

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles un nuevo decreto de la Consejería de Sanidad en el que modifica algunas de las restricciones vigentes actualmente en la comunidad frente al COVID-19. La nueva normativa avanza en la relajación de las restricciones: amplía aforos en las plazas de toros, espectáculos deportivos y otros recintos culturales y permite la reapertura de los bufés y autoservicios, una reivindicación de los hosteleros. Los cambios han entrado en vigor desde las 0:00 horas de hoy.

PLAZAS DE TOROS Y RECINTOS DE ACTUACIONES ARTÍSTICAS

Hasta ahora se establecía que en las plazas de toros los espectadores debían guardar la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio, lo que en la práctica suponía una reducción del aforo muy sustancial, muy por debajo del máximo del 75% permitido teóricamente por la ley. En el nuevo decreto se señala que se procurará los espectadores o asistentes estén sentados y colocados a tresbolillos, es decir en filas paralelas, de modo que las de cada fila correspondan al medio de los huecos de la fila inmediata, de suerte que formen triángulos equiláteros.

La nueva organización, que se aplicará también a otros recintos de actuaciones artísticas o de espectáculos, supone la ampliación de la cantidad de público que se puede acoger. Lo que no cambia es la obligación de que los asientos estén preasignados.

COMPETICIONES NO FEDERADAS CON PÚBLICO

La relajación de la norma recupera el público para los competiciones deportivas no federadas. Se podrán celebrar competiciones con un máximo de 500 participantes. Para su celebración, el organizador y promotor deberán disponer de un protocolo sanitario, siendo de aplicación el de la federación de Castilla-La Mancha de su modalidad deportiva, en el que se identifiquen las actuaciones preventivas y las situaciones potenciales de contagio, atendiendo a las directrices reconocidas por las autoridades sanitarias, y en el que se establezcan las medidas de tratamiento de riesgo de contagio adaptadas a cada situación particular.

El organizador y promotor se comprometerán, mediante declaración responsable, al cumplimiento del protocolo
sanitario y de prevención frente a COVID-19 en dicha competición. La actividad de deporte escolar y escuelas deportivas se asimilará en cuanto a su tratamiento a lo establecido para el deporte federado.”

VESTUARIOS Y DUCHAS

Desde ahora, se podrán utilizar en instalaciones y centros deportivos los vestuarios y las duchas, respetando las medidas generales de prevención e higiene indicadas por las autoridades sanitarias. Con el fin de facilitar la protección de la salud de las personas deportistas, se tendrá que garantizar la distancia mínima de seguridad y no se superará el cincuenta por ciento del aforo.

MENORES DE 6 AÑOS

Los menores de 6 años podrán acceder ya a las salas de lectura infantil de las bibliotecas de la comunidad autónoma tras el cambio normativo.

BUFÉS

Se permiten los bufés libres o autoservicios en hostelería, hasta ahora prohibidos. En el desarrollo de este servicio se controlará el acceso a la zona mediante el establecimiento de un circuito unidireccional señalizado con la distancia interpersonal, organizando y dirigiendo a los clientes en la sala desde la entrada hasta la acomodación en mesa y a los lineales.

En el supuesto de que la vajilla o cubertería para el autoservicio no se encuentre en mesa, deberán estar debidamente protegidas. Queda prohibido cualquier contacto directo de las manos de la persona cliente con la comida expuesta, por lo que cualquier alimento expuesto estará́ protegido o dispondrá́ de un utensilio específico para servirse Los utensilios para servirse, así como los puntos de contacto de las máquinas dispensadoras en autoservicio, se cambiarán o higienizarán y desinfectarán al menos cada 30 minutos.