Ayuntamientos y organizaciones profesionales podrían recibir el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este viernes la ley que declara extinguidas las Cámaras Agrarias en Castilla-La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este viernes la Ley 6/2021, de 5 de noviembre, por la que «se declaran extinguidas las cámaras agrarias de ámbito provincial existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha». la norma establece, asimismo, el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma
y Desarrollo Agrario.

Se pone fin, de esta manera, a un organismo profundamente vinculado a los municipios del ámbito rural de la comunidad autónoma y de la provincia de Cuenca. El texto normatvo señala que el resultante de la liquidación del patrimonio de las extintas cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha «se integrará en el patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, quedando adscrito a la Consejería para su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, considerándose incluido el del desarrollo rural en aquellos aspectos que se relacionen con el ámbito agrario».

No obstante, el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades podrá ceder el uso o el pleno dominio del patrimonio proveniente de las extintas cámaras agrarias provinciales a las corporaciones locales en cuyo término municipal se halle el bien a ceder o a
las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas representadas en el Consejo Agrario de Castilla-La Mancha.

Para cada una de las cámaras agrarias provinciales extintas, se constituirá, en el plazo máximo de un mes desde
la entrada en vigor de esta ley, una comisión liquidadora