La Audiencia Provincial celebra este miércoles un juicio contra un joven acusado de agresión sexual a su pareja y acosarla una vez terminaron la relación.
Según el escrito de la Fiscalía, la relación que mantenían ambos, residentes en la ciudad de Cuenca, era interrumpida hasta el mes de enero de 2028. El primero de los hechos ocurrió en diciembre de 2017 y en fechas próximas a Navidad, cuando ambos estaban tumbados sobre una cama de una de las habitaciones del domicilio del procesado y este le exigió a la víctima mantener relaciones sexuales, mientras que ella le manifestó que no le apetecía en es momento. Pese a ello, el procesado le dijo que «le daba igual que le dijese que no» y a continuación la agarró fuertemente rodeándola con su brazos por la espalda. Aunque la víctima forcejeara con el acusado, este consiguió «penetrarla analmente hasta que eyaculó en su interior, sin que conste que le llegase a ocasionar lesión alguna».
El documento explica además que, una vez terminada la relación entre los meses de enero y abril de 2018, el procesado no admitía la ruptura y no cesó de llamarla y comunicarse con ella por teléfono «de forma continua, durante todos los días y en múltiples ocasiones», hasta el punto de transmitirle en esas llamadas «su intención de suicidarse». La víctima se vio obligada a cambiar el número de teléfono, según el escrito, y aun así el acusado intentó ponerse en contacto con ella a través de su padre, incluso persiguiéndola por la ciudad y acercándose en las proximidades del domicilio y el instituto donde estudiaba. La chica finalmente denunció los hechos el 30 de abril de 2018 junto a su madre.
La Fiscalía considera que estos actos son constitutivos de dos delitos, uno de agresión sexual y otro de acoso, y solicita una pena de prisión de doce años (diez por el primero y dos por el segundo). También, una pena de alejamiento, prohibitiva de aproximación a una distancia inferior a 200 metros, y de toda comunicación con la víctima durante once años. Por el delito de agresión, le deberá ser impuesta también, para su ejecución tras el cumplimiento de la pena privativa de libertad que le sea impuesta, una medida de libertad vigilada durante diez años, además de una indemnización de 5.000 euros por daños morales.